Al hacer afirmaciones como «X% menos (plástico/papel…) que los envases tradicionales», ¿es necesario utilizar como referencia envases utilizados recientemente? En caso afirmativo, ¿cuál es el número máximo de años al que se puede hacer referencia? ¿Puedo comparar el nuevo envase con el antiguo aunque el producto se haya retirado del mercado?

La comparación con un producto anterior (que ya no existe en el mercado) debe realizarse en un plazo máximo de cinco años a partir de la retirada del producto.

Cuidado con las afirmaciones que implican que hay beneficios medioambientales al sustituir un material por otro (p. ej., plástico por papel): deben justificarse con estudios que demuestren los beneficios medioambientales reales conseguidos (p. ej., ACV).

Última modificación el 10/01/2025

Quién, qué y cuándo