Según las definiciones añadidas a la Directiva 2005/29/CE tras las modificaciones de la Directiva 2024/825/UE: en el contexto de una comunicación comercial, reclamo verde se refiere a cualquier mensaje o representación que no sea obligatorio en virtud del Derecho de la Unión o nacional, en cualquier forma, incluidos el texto y las representaciones figurativas, gráficas o simbólicas, como marcas comerciales, nombres de marcas, nombres de empresas o nombres de productos, que afirmen o den a entender que un determinado producto, categoría de productos, marca u operador económico tiene un impacto positivo o nulo en el medio ambiente o es menos perjudicial para el medio ambiente que otros productos, categorías de productos, marcas u operadores económicos o que ha mejorado su impacto con el tiempo.
Última modificación el 10/01/2025