En el caso de envases compuestos formados predominantemente por corcho/madera con plástico (>5%), hay que tener en cuenta que el anexo VII no prevé la codificación de identificación para este tipo de envases, por lo que se recomienda la codificación de identificación de los envases de corcho/madera.
En cuanto a los envases al final de su vida útil, en el caso de un tapón de corcho/madera con plástico (>5%), que no sea compostable según la norma UNI EN 13432 y no pueda eliminarse en la recogida selectiva de residuos orgánicos, es aconsejable indicar al consumidor que consulte con su ayuntamiento cómo eliminarlo adecuadamente (que, en el caso de los envases de madera, será en la isla ecológica).
Si, por el contrario, el tapón es predominantemente de plástico con corcho/madera (> 5%), la Decisión 129/97/CE tampoco prevé en este caso una codificación específica para este tipo de compuesto, por lo que se sugiere adoptar la codificación de identificación de los envases de plástico y depositar el tapón en la recogida selectiva para envases de este material.
Última modificación el 04/10/2023