De conformidad con el decreto legislativo del 3 de septiembre de 2020, todos los envases (primarios, secundarios y terciarios) despachados al consumo en Italia están sujetos a la obligación de etiquetado.
Si el sistema de envasado incluye componentes separables manualmente del cuerpo principal, cada uno de ellos deberá llevar necesariamente el código alfanumérico según Decisión 129/97 / CE y las indicaciones de recogida (si el envase está destinado al consumidor final).
El etiquetado medioambiental (al menos la codificación alfanumérica según la Decisión 129/97 / CE) de los diferentes componentes separables manualmente que componen la unidad de venta, debe colocarse en cada componente.
Cuando esto no sea posible, se puede pegar en el cuerpo principal del sistema de empaque, o en la etiqueta u otro componente que haga que la información sea fácilmente visible para el consumidor final.
Asimismo, en la nota aclaratoria enviada por el Ministerio de Transición Ecológica el 17 de mayo de 2021, se deja claro que para envases neutros en general, con especial referencia a los envases de transporte y / o posibles productos semiacabados , dadas las criticidades que encuentran los operadores, tanto económica como estructuralmente, para cumplir con esta obligación, es necesario considerar una posible alternativa al etiquetado tradicional para ser pegado en el propio embalaje. Por tanto, para estos embalajes, que en su mayoría forman parte del canal B2B, la identificación del material de composición del embalaje puede ser transportada y comunicada por el fabricante en los documentos de transporte que acompañan a la mercancía, o en otros medios externos, incluidos los digitales.
Última modificación el 03/12/2021