Si el embalaje se vende en el extranjero, ¿es obligatorio el etiquetado?

La obligación de etiquetado se refiere a los envases despachados al consumo en el territorio nacional.

Los embalajes con destino a terceros países, en toda la logística de preexportación, deberán ir acompañados de documentación adecuada que acredite su destino, o de documentos de transporte y / o fichas técnicas que muestren la información de composición.

Para obtener información sobre las obligaciones vigentes en terceros países en materia de etiquetado medioambiental, escriba a international@conai.org.

Última modificación el 03/12/2021

Quién, qué y cuándo