Los polímeros distintos de los especificados en la Decisión 129/97 / CE, incluidos los biodegradables y compostables, se identifican con el código “7”.
Opcionalmente, puede optar por acompañar esta codificación con las palabras “Plástico compostable”.
Por ejemplo, un envase de ácido poliláctico se puede identificar con el código: Plástico compostable 7.
El nuevo decreto también especifica que los envases biodegradables y compostables pueden recogerse y reciclarse con residuos orgánicos, solo si:
1. están certificados de conformidad por organismos de certificación con la norma técnica UNI EN 13432;
2.estén debidamente etiquetados y, en particular, muestren:
– la mención del cumplimiento de las normas europeas antes mencionadas;
– elementos de identificación del productor y del certificador;
– instrucciones adecuadas para que los consumidores eliminen dichos residuos en el circuito de recogida selectiva y reciclaje de residuos orgánicos.
Última modificación el 03/12/2021